El Poder Ejecutivo publicó esta semana el decreto que extiende por 1 año más el descuento de IVA en el gasoil para los productores de leche, de arroz, flores, frutas y hortalizas, y otros sectores productivos agropecuarios que no tributen el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), es decir, que tributan IMEBA. Este beneficio se viene aplicando desde el 1º de marzo de 2018 en forma ininterrumpida.

El presente régimen resultará aplicable a aquellas adquisiciones realizadas a partir del 1º de marzo de 2024, por el plazo de 1 año, en tanto las mismas sean informadas por quienes efectúen las correspondientes enajenaciones, de acuerdo a lo que disponga la Dirección General Impositiva (DGI).

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca determinará, en coordinación con la DGI, el universo de productores que podrán ampararse a lo dispuesto precedentemente. A tales efectos, se considerará su situación al 30 de junio de 2023 y al 30 de junio de 2024.

El límite máximo del beneficio se determinará aplicando a los ingresos originados en las ventas de cada uno de los productos agropecuarios, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrados antes del 1º de julio de 2023, los porcentajes que a continuación se detallan: