Dentro de un extenso decreto de necesidad y urgencia que será publicado en las próximas horas, que tiene vastas reformas en materia de desregulación laboral y comercial, y que habilita también la privatización de empresas públicas, el presidente Javier MIlei dispuso la derogación y reforma de varias leyes vinculadas directamente con la actividad agropecuaria y la producción de alimentos.

La Ley 26.992 se deroga. Es la que crea y pone en marcha el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios. El objetivo de la ley es la de monitorear, relevar y sistematizar información de precios y disponibilidad de insumos, bienes y servicios producidos.

La Ley 27.545, conocida como Ley de Góndolas, dejará de regir en el artículo que dispone beneficios para “los productos nacionales producidos por micro y pequeñas empresas, por los sujetos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena, por los sectores de la economía popular y por las cooperativas o asociaciones mutuales”.

La Ley 19.227 está vinculada con el Mercado Central de Buenos Aires, ya que disponía de un régimen para promover y perfeccionar una red de mercados mayoristas de gravitación regional o nacional. En su primer artículo disponía que “el Poder Ejecutivo podrá declarar de interés nacional los mercados de concentración de alimentos perecederos”.

La Ley 20.680, sancionada el 25 de junio de 1974, es la famosa Ley de Abastecimiento y que muchas veces era blandida por los gobiernos peronistas para sancionar a las empresas que no abastezcan en tiempo y forma de sus productos a la población.

La Ley 26.736 es de interés para la industria forestoindustrial porque en 2015 declaró de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios, en la guerra del gobierno kirchnerista contra Clarín.

Hay una amplia modificación de la Ley 9.643 o Ley de warrants. Luego de derogar varios artículos, sustituye el artículo 1° por el siguiente: “Las operaciones de crédito mobiliario sobre frutos o productos agrícolas, ganaderos, forestales, mineros o de manufacturas, depositados en almacenes fiscales o de terceros, serán hechas por medio de “certificados de depósito” y “warrants” expedidos de acuerdo con las disposiciones de esta ley y en la forma que reglamente el Poder Ejecutivo.”

En el Capítulo II del DNU se habilita “la transformación de empresas del Estado en Sociedades Anónimas. Esto podría afectar a empresas vinculadas con el INTA, como INTEA o ArgenInta.

También se modifica la Ley 26.727 que establece el Régimen del Trabajo Agrario. Allí se sustituye el artículo 69 por el siguiente: “Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal necesario para la realización de tareas temporarias en las actividades contempladas en la presente Ley, conforme las resoluciones que a tal efecto dicte la Comisión de Trabajo Agrario. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador.”

Luego hay un amplió capítulo bautizado como Bioeconomía, y que se supone reúne las recomendaciones vinculadas con esa área de gobierno.

La Ley 26.737, que fue dictada en diciembre de 2011 creando el Régimen de Dominio Nacional sobre las Tierras Rurales, estableciendo límites para la adquisición de tierras por parte de capitales extranjeros, quedará directamente derogada.

En materia de vitivinicultura se derogan varias leyes muy viejas. La Ley 18.600 que definían normas que regirán los contratos de elaboración de vinos por los sistemas ‘contrato de elaboración por cuenta de terceros; la Ley 18.905 de enero de 1971, que establecía la Política Nacional Vitivinícola; y la Ley 22.667, de octubre de 1982, que establecía cupos de producción de vinos.

En materia azucarera, se elimina la Ley 18.770 de 197, que establecía un Régimen de entregas de azúcar para el mercado interno.

La Ley 21.608 de 1977 se deroga también: Era la ley de promoción industrial que favoreció la radicación de varios proyectos agropecuarios e industriales en las provincias.

Otra ley del kirchnerismo, de 2015, que prohibía el envasado de yerba mate fuera de la zona productora, es decir Misiones y Corrientes, también fue derogada.

Mucho más antigua es la Ley 12.916 que estableció la creación de la Corporación Nacional de Olivicultura en tiempos del primer peronismo, en 1946. También se dejó sin efecto.

La Ley 18.859 de 1970 tampoco tenía demasiada vigencia, pues se refería a los envases para productos destinados a la alimentación de los animales.

También se derogó la Ley 19.990 de 1972, que establecía las bases para la ejecución de una política integral para el algodón.

Hay todo un capítulo dedicado a la Ley 25.564, que es la que creó a principios del milenio el Instituto Nacional de la Yerba Mate, que regula los precios de la materia prima para los productores hasta nuestros días. Allí se sustituye el artículo 3° por el siguiente: “Los objetivos del INYM serán promover y fortalecer el desarrollo de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de la yerba mate y derivados en sus diferentes modalidades de consumo y usos, procurando proteger el carácter competitivo de la industria”. Y más adelante expresamente se deroga el inciso que ordenaba al INYM “acordar semestralmente entre los distintos sectores participantes del INYM el precio de la materia prima”, aunque mantiene la obligación de certificar la legalidad de la yerba a través de la venta de estampillas. Fuente: Bichos de Campo