En la campaña contra la garrapata, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), a través de la Dirección General de los Servicios Ganaderos, emitió un decreto que modifica decretos anteriores respecto al movimiento de ganados, la venta en locales de remates feria y el traslado a corrales de engorde.

De acuerdo con el decreto DGSG/N° 139/2024, la Dirección General de los Servicios Ganaderos resuelve la aprobación del “procedimiento para el movimiento de bovinos con despacho de tropa y bajo excepción”. En el mismo se establece la realización de los despachos de tropa para el movimiento de ganados con garrapata viva a locales de remate feria o predios de corrales de engorde.

Además, el decreto, aprueba el “manual para la habilitación especial de remates ferias para la comercialización de ganado con garrapata viva, con destino único a abasto interno y faena inmediata”. En dicho manual se establecen los requisitos para la habilitación de los locales para dichas ventas. En este sentido se requiere nuevas instalaciones especiales para los ganados con garrapata, un plan logístico para la comercialización y herramientas para la aplicación de productos por aspersión.

La venta de los animales tendrá como único destino el abasto interno y por consiguiente la faena inmediata. Los ganados serán entregados 24 horas luego de finalizado el remate y realizado el tratamiento. En caso de que los ganados no se comercialicen, serán devueltos al predio de origen tras el tratamiento. En todos los casos la autoridad sanitaria podrá extender la permanencia de los ganados en el local de remate.

El tercer punto que aprueba el decreto, establece el “manual para la habilitación de establecimientos de engorde a corral (EEC) ubicados en zona de control de Rhipicephalus boophilus microplus, que reciban ganado parasitado con garrapata viva”. En dicho manual se establece la necesidad de corrales independientes del resto del ganado, así como también un manejo diferencial en las instalaciones.

La resolución de la DGSG, con fecha del 15 de mayo de 2024, entrará en vigencia a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial.