ALUR difundió su plan de captación de cultivos de sorgo “BT” (bajo nivel de taninos) para la zafra 2023/24 con el objetivo de abastecer de materia prima la producción de bioetanol de su planta industrial de Paysandú. Se detallan a continuación las condiciones comerciales y definiciones generales del plan.

  1. Contrato de producción: Se firmará un contrato entre las partes (proveedor – ALUR), comprometiendo determinada área cultivada con sorgo BT, siendo obligatorio remitir todo el volumen producido en el área (mínimo exigido 2,5 toneladas por hectárea declarada) y sin tope de volumen máximo.

 

  1. Precio: El precio del sorgo BT (mercadería acondicionada puesta en planta ALUR Paysandú) se determinará por tonelada, teniendo en cuenta el precio semanal del maíz calidad buena publicado en la Cámara Mercantil de Productos del País (CMPP) comprendido desde el 1/3/2024 al 31/5/2024 -, según la siguiente fórmula:

 

Precio Sorgo = 85% precio Maíz CMPP

 

2.1. Precio mínimo: En caso de que este cálculo de precio resulte en una cifra inferior a US$/ton 180, este valor se establecerá como mínimo para el pago por tonelada de sorgo BT acondicionado.

 

2.2. Bonificación por sustentabilidad: se aplicará una bonificación de US$/ton 10 en el precio del sorgo BT acondicionado que provenga de chacras que cumplen con los requisitos de sustentabilidad, validadas por parte de ALUR.

 

  1. Liquidaciones: se hará una única liquidación una vez definido el precio según el punto 2. Se podrán hacer facturaciones provisorias a precio mínimo al final de cada mes, siempre que el volumen entregado mensual supere las 150 toneladas. De lo contrario, se liquidará al final del mes siguiente una vez superada la entrega de 150 toneladas y teniendo en cuenta el volumen pendiente de liquidar del mes anterior. Para el caso de humedad y contenido de taninos, los descuentos se realizarán por cada viaje; para el resto de los parámetros de calidad se considerará el promedio del volumen a liquidar.

 

  1. Pago: El pago de la mercadería se hará efectivo a los 30 días corridos una vez aprobada la liquidación y/o la facturación provisoria.

 

  1. Origen: se deberá indicar el material genético sembrado, así como la ubicación y área de cada chacra donde se produzca el grano a remitir, las cuales a su vez estarán asociadas al contrato. Dicha información será relevada por los técnicos que ALUR designe.

 

  1. Fecha de entrega: Desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2024. Queda a criterio de ALUR, la posibilidad de recibir el grano fuera del plazo antes mencionado.

 

  1. Lugar de entrega: ALUR designará el lugar de entrega del grano teniendo en cuenta la lista de plantas de acopios habilitadas en la zona de Paysandú.

 

  1. Calidad: Se tomarán los parámetros de calidad del grano de sorgo establecidos por ALUR. Se toma como referencia el decreto Nº 708/978 y se consideran además los parámetros de taninos y micotoxinas.

 

  1. Recepción de intención de siembra: se recibirá la intención de siembra por parte de los proveedores expresada en hectáreas. En función de dicha intención y la demanda por parte de ALUR, se confirmará el cupo para la zafra 2023-2024.

 

Por cualquier consulta vinculada con el plan, por favor comunicarse con alguno de los siguientes contactos del equipo comercial de ALUR:

  • Oscar Alonso / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / 098 963 697
  • Juan Pablo Silveira / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / 099 571 688
  • Ma. Josefina Trobo / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / 099 618 361